Con la reapertura de los pasos fronterizos con Brasil, podrán ingresar al país tanto nacionales, extranjeros residentes o extranjeros no residentes/turistas. Los que ingresarn al país para turismo, lo harán bajo el régimen de tránsito libre dentro de un perímetro de 30 kilómetros de la línea fronteriza.
Todos los connacionales, extranjeros residentes y extranjeros no residentes/turistas que deseen ingresar al Paraguay deberán realizar su registro migratorio en los puestos de control del Puente Internacional de la Amistad en Ciudad del Este, Pedro Juan Caballero y Salto del Guairá presentando los requisitos exigidos y cumpliendo con las medidas sanitarias dispuestas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Se exceptúa de esta exigencia a las personas que ingresen bajo el régimen de tránsito libre.
¿Cómo es el regimen de tránsito libre?
Se establece el régimen de tránsito libre para el ingreso y egreso de personas en los pasos fronterizos de Ciudad del Este, frontera con Foz de Iguazú; Pedro Juan Caballero, frontera con Ponta Porã y Salto del Guairá, frontera con Mundo Novo/Guaíra y que realicen sus actividades dentro de un perímetro de 30 kilómetros de los citados pasos fronterizos con la República Federativa de Brasil. Las personas que ingresen bajo esta modalidad solo tendrán como requisito usar tapabocas y deberán abondonar el país antes de cumplidas las 24 horas del ingreso.
¿Cuáles son los horarios de ingreso establecidos para este régimen?
- Puente Internacional de la Amistad: Desde las 05:00 hasta las 14:00 (fuera de dicho horario solo podrán ingresar al país nacionales y extranjeros residentes)
- Pedro Juan Caballero: Desde las 9:00 hasta las 22:00.
- Salto del Guairá: Desde las 6:00 hasta las 21:00.
¿Cómo será el control perimetral en los límites del área de tránsito libre?
La Dirección General de Migraciones tendrá a su cargo el control migratorio perimetral permanente en los principales accesos de las tres ciudades fronterizas con autorización de tránsito libre, de manera a verificar el fiel cumplimiento del presente régimen.
Las personas que intenten sobrepasar el límite de tránsito libre sin haber realizado su registro migratorio podrán ser interceptadas por el personal migratorio y policial apostado en las salidas de los departamentos afectados por este régimen.
Los mismos procederán a brindar las indicaciones pertinentes y realizar el acompañamiento hasta el puesto de control migratorio para regularizar el trámite de ingreso y presentar los requisitos sanitarios dispuestos para el ingreso al territorio nacional fuera del régimen de tránsito libre, sin que ello implique sanciones monetarias (pago de multa o arancel)
¿En qué puntos se llevará a cabo el control perimetral?
El control perimetral se realizará en los siguientes puntos:
Departamento de Alto Paraná(Paso fronterizo Ciudad del Este – Foz de Iguazú)
- Kilómetro 30 (control migratorio/policial)
- Kilómetro 7 – Hernandarias (control migratorio/policial)
- Acceso a la ciudad Los Cedrales (control migratorio/policial)
Departamento de Amambay (Paso fronterizo Pedro Juan Caballero – Ponta Porá)
- Chiriguelo (control migratorio/policial)
- Cruce Bella Vista (control migratorio/policial)
- Capitán Bado (control policial)
Departamento de Canindeyú (Paso fronterizo Salto del Guairá – Mundo Novo)
- Cruce Carolina (control migratorio/policial)
- Kilómetro 7 (control migratorio/policial)
Las personas que deseen ingresar al país por los demás puestos de control migratorio terrestres habilitados por el Decreto Presidencial 4.026 deberán contar con la autorización del CCI-CODENA para su ingreso en esta primera etapa de implementación del procedimiento sanitario.
Ahora, que pase si la persona quiere ir más allá de los 30 km, ¿Cuáles son los requisitos sanitarios exigidos para el ingreso al territorio nacional por los tres pasos fronterizos con Brasil?
- Completar la Ficha de Salud del Viajero al momento de su ingreso al país, en el puesto de control migratorio o dentro de las 24 horas previas al ingreso, de forma electrónica, en el portal web del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
- Presentar test PCR-RT (COVID-19) con resultado negativo, realizado dentro de las 72 horas previas al ingreso (aplica solo a quienes tengan planificada una estadía inferior a siete días y a los que deseen acortar el periodo de cuarentena domiciliaria establecida tras el ingreso al país)
- Los extranjeros no residentes/turistas deberán presentar carnet o documento de Seguro Médico Internacional, con cobertura de salud completa que, además, incluya atención de casos de COVID-19.
- En el caso de personas con resultados persistentemente positivos a pesar de la recuperación clínica, deberán documentar los antecedentes laboratoriales previos, los cuales serán evaluados por un equipo médico a su ingreso.
¿Quiénes deben realizar cuarentena tras su ingreso al país?
Todas las personas (nacionales, extranjeros residentes y extranjeros no residentes con intención de estadía prolongada) que ingresen al país deberán guardar cuarentena domiciliaria de 14 días. Para las personas que prefieran guardar cuarentena en otros lugares estarán disponibles albergues y hoteles salud en todos los departamentos del país.
Se podrá reducir el tiempo de cuarentena a siete días si la persona realiza por sus propios medios un test PCR-RT (COVID-19) con resultado negativo, a partir de 72 horas previas al ingreso al país y vuelve a repetir el test con un mismo resultado el día siete de la cuarentena.
¿Quiénes están exentos de guardar cuarentena tras su ingreso al país?
Las personas cuya permanencia sea inferior a siete días no requerirán aislamiento durante su estadía, siempre y cuando cuenten con el test PCR-RT (COVID-19) con resultado negativo, realizado dentro de las 72 horas previas a su ingreso al país.
Mediante el enlace entre los sistemas informáticos de la Dirección General de Migraciones y del Ministerio de Salud se realizará la verificación del tiempo de permanencia, de manera a poder identificar y establecer la trazabilidad de aquellos que incumplan con el plazo de estadía declarado al momento de su ingreso al país.
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